DERECHO


DERECHO ANGLOSAJON

Common law. El Common Law o derecho anglosajón es el sistema de derecho vigente en la mayoría de los países con tradición anglosajona, este sistema jurídico fue creado en Inglaterra posterior a la conquista normanda en 1066, se le llamo common o común al se aplica en todo el reino por los tribunales, es decir que todos se basaban en el mismo conjunto de reglas y principios jurídicos. Consiste en un conjunto de principios y prácticas no escritas, cuya autoridad no deriva de una declaración de mandato singular y positiva a través de una explícita fuente de origen legislativo o ejecutivo. Actualmente los países que adoptan el Common Law como sistema jurídico, son generalmente los países que formaron parte de las colonias inglesas, incluyendo por su puesto a los Estados Unidos. 4 Dentro de las características de este sistema están: • No siempre existe una constitución escrita o leyes codificadas. • Las decisiones judiciales son forzosas - las decisiones del tribunal de última instancia pueden ser anuladas por el mismo tribunal o a través de legislación. • Amplia libertad de contratación (para contratar) - son pocas las disposiciones implícitas en un contrato de ley (sin embargo, las disposiciones que protegen a los consumidores privados pueden ser implícitas); Además, en el derecho anglosajón, todo esta permitido mientras no este prohibido por la ley, por ende, generalmente este sistema es poco perceptivo que un sistema de derecho civil. Por ejemplo, pudiese prohibir a un proveedor de servicio que corte el servicio del agua potable o de electricidad a los pagadores morosos. Bajo el derecho anglosajón, hay muy pocas provisiones (disposiciones) implícitas en un contrato - es por eso que hay que dejar sentado todos los términos que gobiernan la relación entre las partes del contrato en el mismo contrato. El resultado usualmente es un contrato más largo que un contrato hecho bajo el derecho civil. El Common Law es preponderantemente práctico, no teórico. En su centro está las confrontaciones entre dos partes contendientes, cada una haciendo alegaciones y peticiones en el contexto específico de la controversia. Y las reglas de derecho del Common Law, son menos abstractas que las del Derecho Civil, estas son reglas dirigidas a dar la solución a un proceso; no se trata de la formulación de reglas generales para el futuro. Y los principios jurídicos, tal y como son desarrollados por los tribunales, se conforman a una serie limitada de reglas emanadas de decisiones anteriores.
SITIOS DE INTERES:

Comments